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Medidas de Pico y Placa en Cúcuta para Reducir la Congestión Vehicular

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Medidas de Pico y Placa en Cúcuta para Reducir la Congestión Vehicular
Foto: Colprensa

La Dirección de Tránsito y Transporte de Cúcuta (Norte de Santander) continúa aplicando la medida de pico y placa con el objetivo de reducir la congestión en las vías principales de la ciudad y disminuir la contaminación del aire.

Además, se recordó a los conductores que en la ciudad se encuentra en vigencia el decreto 300 de 2019, que establece restricciones de movilidad para vehículos particulares y taxis.

En este sentido, para el martes 3 de octubre, se prohíbe la circulación de vehículos cuyas placas terminen en 3 o 4 en horarios específicos: de 7:30 a. m. a 9:00 a. m., de 11:30 a. m. a 1:30 p. m. y de 5:30 p. m. a 7:00 p. m.

Esta medida aplica a vehículos matriculados en el área metropolitana, que incluye Cúcuta, Villa del Rosario, Los Patios, Puerto Santander, El Zulia y San Cayetano, y consiste en restringir la circulación vehicular en el centro de la ciudad. También se estableció la medida de «placa día», que implica que los vehículos con placas nacionales o extranjeras tienen restricciones de movilidad de 7:00 a. m. a 7:00 p. m. en toda la ciudad y el área metropolitana, excepto los anillos viales.

En el caso de los taxis, el pico y placa se aplica de manera diferente. Los taxis tienen restricción de circulación entre las 7:00 a. m. y las 11:00 p. m. En este martes específico, los taxis con placas terminadas en 7 no pueden circular en el horario mencionado. Es importante destacar que el pico y placa en la capital de Norte de Santander se aplica solo en ciertas partes del área urbana y no en toda la ciudad. Las zonas afectadas incluyen la diagonal Santander, desde la glorieta El Terminal hasta la avenida Libertadores, y otras calles específicas.

Se debe tener en cuenta que los vehículos con distinción diplomática, de servicio escolar, turismo, médico y funerario están exentos de esta medida debido a su carácter prioritario o de emergencia.

El incumplimiento de esta medida puede resultar en sanciones de acuerdo con el artículo 21 de la Ley 1383 de 2010, que incluyen una multa equivalente a más de 500.000 pesos, así como la posible inmovilización del vehículo por parte de las autoridades competentes.

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